Descripción
¿Está buscando una casa para restaurar a su gusto?
¿Que además tenga una parcela para disfrutar plenamente de la vida?
Pues esta es, LA SUYA.
Gestionamos la venta en exclusiva de esta casa con su parcela en la parroquia de Borreiros en Gondomar, incluida dentro del suelo de núcleo rural tradicional de San Martiño al amparo del Plan Básico Autonómico (PBA).
Tiene según el catastro y escritura 155 m² construidos, de los que 83 están destinados a vivienda y 72 m² como almacén.
Por el viento norte en una longitud de unos 6 metros lineales la vivienda está pareada con la casa colindante.
Se encuentra inscrita en el registro de la propiedad.
La vivienda necesita una reforma integral.
La zona destinada como almacén tiene la cubierta nueva.
Dispone de agua de la comunidad de montes que paga una cuota anual de 70 €.
Dispone de saneamiento.
La parcela destinada como jardín dispone de riego automático.
Se halla totalmente cerrada con muro de piedra.
Según la ordenanza reguladora del suelo de núcleo rural tradicional explicita que el uso principal es residencial unifamiliar; y usos complementarios compatible o alternativos tal como se recoge en el artículo 194 del PBA.
La ocupación no podrá superar el 50% de la parcela neta, siendo la ocupación máxima de 500 m² y no se podrá exceder de 200 m² en planta para vivienda, según se recoge en el artículo 196 PBA.
La edificabilidad será del 0,65 m² de superficie edificable por cada m² de parcela bruta, como se refleja en el artículo 197 del PBA y según el artículo 202 el número de plantas será: Planta baja y Planta alta, con posibilidad de ocupación Bajocubierta dentro de la edificabilidad permitida.
Parcela mínima será la existente, siempre que permita una edificación ajustada al resto de las condiciones urbanísticas y para efectos de parcelación o normalización de los terrenos la superficie minina será de 300 m², tal como se recoge en el artículo 198 del PBA.
El frente mínimo de la parcela será el existente siempre que permita la edificación de una vivienda ajustada a las condiciones de habitabilidad vigentes.
El retranqueo se fija obligatoriamente en 3 metros a todos los linderos.
El número de plantas será de bajo y primera, con posibilidad de ocupación bajo cubierta dentro de la edificabilidad permitida.
Según el artículo 32 del Plan Básico Autonómico se podrá construir edificaciones auxiliares, que será exclusivamente de planta baja, con una altura máxima de cornisa no superior a 2,50 m, y absoluta hasta la cumbre no superior a 4 m, con una ocupación máxima de hasta un 10% de la parcela neta y un límite de 50 m².
No lo dude, concierte una visita y se sorprenderá. Y si necesita financiación, se la gestionamos en las mejores condiciones.
Nota informativa:
El presente anuncio insertado es meramente informativo, por lo tanto, carece de cualquier valor contractual. El mismo puede contener algún error involuntario.
Las fotos que componen el reportaje fotográfico adjunto son fiel reflejo del estado actual de la vivienda y sus anejos.
Atendiendo al mandato explícito de la propiedad, somos la única agencia encargada de su comercialización, siendo los únicos interlocutores con la misma; por lo que se ruega que cualquier cuestión relacionada con la venta será atendida solamente por nosotros y estaremos encantados de poder serles de utilidad, agradeciéndoles de antemano no molesten a la propiedad. Muchas gracias por la comprensión.
Al gestionar la venta en multiexclusiva, si es usted un agente inmobiliario y le puede encajar esta propiedad a un cliente suyo, por favor póngase en contacto con nosotros y formalizaremos un acuerdo de colaboración.